Palacio de pionero de Taguasco, institución beneficiada con el tributo

Lic: Jorge E. Meneses Bernal

La Asamblea Nacional del Poder Popular en su sesión del 23 de julio del 2012, correspondiente al IX periodo ordinario de sesiones de la VII legislatura aprobó la Ley No. 113 del Sistema Tributario la que fue necesaria para el perfeccionamiento del modelo de gestión económica, con el objetivo de elevar su eficiencia y eficacia como mecanismo para la redistribución de los ingresos, que de forma gradual, flexible y efectiva garantice su implementación.

En uno de los tributos se establece la contribución territorial para el desarrollo local, la que en su artículo 305 establece como una contribución para el desarrollo sostenible de los municipios, la que grava los ingresos por la comercialización de bienes o prestación de servicios, que obtenga las empresas, sociedades mercantiles y cooperativas, por si misma o por sus establecimientos en cada territorio.

(más…)